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La Unión Europea ordena a Meta restringir el uso de datos personales con fines publicitarios

Meta, propietaria de las plataformas Facebook e Instgram, deberá reducir al mínimo la cantidad de datos personales que utiliza para publicidad personalizada, según ha ordenado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ha fallado a favor del activista Max Schrems. Este usuario denunció que Facebook utilizó indebidamente sus datos personales sobre orientación sexual para impactarle con ciertos anuncios. En las denuncias presentadas por primera vez ante los tribunales austriacos en 2020, Schrems afirmó que se le habían enviado anuncios dirigidos a personas homosexuales a pesar de no haber compartido nunca información sobre su sexualidad en la plataforma.

Este pasado viernes, el TJUE señaló que la ley de protección de datos no permite a la empresa utilizar ese tipo de información para segmentar audiencias o servir publicidad personalizada. “Una red social como Facebook no puede utilizar todos los datos personales obtenidos con comerciales o para impactar con publicidad personalizada, sin restricción en cuanto al tiempo y sin distinción en cuanto al tipo de datos”, dijo.

Como explican algunos medios, entre ellos, la BBC, los datos relativos a la orientación sexual, la raza, la etnia o el estado de salud de una persona se consideran sensibles y su tratamiento está sujeto a requisitos estrictos en virtud de la legislación de protección de datos de la UE. Meta afirma que no utiliza los llamados “datos de categoría especial” para personalizar anuncios. “Estamos a la espera de la publicación de la sentencia del Tribunal y tendremos más información a su debido tiempo”, dijo un portavoz de Meta.

En este sentido, Meta afirma que se toma “muy en serio” la privacidad y que ha invertido más de 5.000 millones de euros “para integrar la privacidad” en el seno de todos sus productos. Además, según añadió la propia compañía en su defensa, los usuarios de Facebook pueden acceder a una amplia gama de herramientas y configuraciones para gestionar cómo se utiliza su información.

Por su parte, la abogada de Schrems, Katharina Raabe-Stuppnig, comentó: “Estamos muy satisfechos con la sentencia, aunque este resultado era muy esperado. Tras esta sentencia, solo una pequeña parte del conjunto de datos de Meta podrá utilizarse para publicidad, incluso cuando los usuarios den su consentimiento”.

Antecedentes del caso Meta

El Tribunal Supremo de Austria remitió al máximo tribunal de la Unión Europea en 2021 las cuestiones sobre la aplicación del RGPD a la denuncia de Schrems. El Tribunal preguntaba si el hecho de que Schrems mencionara su sexualidad en público significaba que había dado luz verde a las empresas para tratar esos datos con fines de publicidad personalizada, al hacerlos públicos.

El TJUE dijo que, aunque correspondía al tribunal austriaco decidir si Schrems había hecho de la información “datos manifiestamente públicos”, su referencia pública a su orientación sexual no significaba que autorizara el tratamiento de ningún otro dato personal. El equipo jurídico de Schrems ahora espera que el Tribunal Supremo dicte una sentencia definitiva en las próximas semanas o meses.

No es la primera vez que Meta está en el punto de mira las entidades regulatorias a causa de la utilización de datos personales de los usuarios. A principios de este año, los reguladores de la Unión Europea determinaron que Meta había obligado ilegalmente a los usuarios a aceptar anuncios personalizados, lo que conllevó una multa de 390 millones de euros (414 millones de dólares). Esto ya obligó a Meta a introducir costosos cambios en su negocio basado en publicidad en la Unión Europea, uno de sus mayores mercados.